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Fuentes: Centro Europeo del Consumidor - OMIC Zamora

Transporte Aéreo

INCIDENCIAS CON EL EQUIPAJE
El precio del billete de avión incluye, en tráfico nacional y en la mayoría de los internacionales, el derecho a llevar hasta 30 Kg de equipaje para personas que viajan en primera clase o en clase turista. Cuando las condiciones del avión lo permitan, se puede facturar más peso del inicialmente permitido pagando la cantidad establecida en concepto de exceso de equipaje.
En caso de pérdida o deterioro del equipaje en vuelos nacionales, debe hacer la reclamación por escrito al transportista en el plazo de diez días desde la entrega o la fecha en que debió entregarse.
Las indemnizaciones establecidas por pérdida o deterioro del equipaje facturado o de mano tienen un límite de 500 derechos especiales de giro (D.E.G.) por unidad (736,74 euros). En el caso de retraso de equipaje facturado, el limite de la indemnización se establece en una cantidad equivalente al precio de transporte.
En los vuelos internacionales la reclamación por deterioro debe efectuarse en el plazo de 7 días a contar desde la fecha de su recepción. En caso de retraso en la entrega del equipaje la reclamación deberá hacerse dentro de los veintiún días, a contar desde el día en que el equipaje haya sido puesto a disposición del pasajero.
Las indemnizaciones establecidas por destrucción, pérdida, deterioro o retraso de equipaje facturado son de 17 D.E.G. por Kg. (que equivale a unos 25,05 euros). En el caso de pérdida, deterioro o retraso de una parte del equipaje facturado o de cualquier objeto que éste contenga, solamente se tendrá en cuenta el peso total del bulto afectado para determinar el límite de la responsabilidad. Para el equipaje de mano la responsabilidad está limitada a 332 D.E.G. por pasajero (que equivale a unos 489,20 euros )

CANCELACIÓN DE VUELOS
Si a usted le interesa suspender el viaje, se debe informar a la compañía lo antes posible, ya que se puede imponer una penalización variable según el tipo de vuelo, el ámbito y la tarifa utilizada.
En caso de retraso en los viajes o de cancelaciones por parte de la compañía aérea, ésta debe informar sobre las causas.
Además, los afectados tienen derecho a:
Compensación económica de 250 euros (vuelos hasta 1500 Km.), 400 (vuelos intracomunitarios de más de 1500 Km. y los demás entre 1500 y 3500 Km.) o 600 euros (el resto). Los kilómetros se cuentan hasta el último destino. No hay compensación si se comunica con dos semanas de antelación la cancelación, se les informe en el plazo entre dos semanas y siete días promoviendo un transporte alternativo que permita salir con no más de dos horas de antelación y llegar con no más de cuatro horas de retraso o si se les informa con menos de siete días de antelación si se ofrece otro vuelo que permita salir con no más de una hora de antelación y llegar con dos horas de retraso. Todo ello respecto a los horarios de llegada y de salida contratados.La compensación económica podrá reducirse un 50% si se ofrece vuelo alternativo y la diferencia horaria con la original es inferior a 2 horas en vuelos de 1500 Km., inferior a 3 horas en vuelos comunitarios de más de 1500 Km. o los otros entre 1500 y 3500 Km. e inferior a 4 horas en el resto de vuelos.
Devolución del precio del billete correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas si el vuelo no tiene razón de ser en relación con el plan inicial de viaje del pasajero y, en su caso, vuelo de vuelta al punto de partida lo más rápido posible.
Conducción al destino final en condiciones de transporte comparables lo más rápidamente posible o, en su caso, en fecha posterior. Si se establece el vuelo a otro aeropuerto (si una ciudad tiene varias) correrá con los gastos de transporte hasta el aeropuerto primero u otro lugar cercano convenido con el pasajero.
Tener comida y refrescos suficientes durante la espera.
Alojamiento en hotel si hay que pernoctar (incluye el transporte al hotel).
Dos llamadas telefónicas, fax o correo electrónicos.

LA SOBRE-RESERVA (OVERBOOKING)
Se conoce por este nombre la reserva de plazas por encima de la capacidad real del servicio que hacen algunas compañías aéreas en vuelos regulares con la intención de cubrir posibles anulaciones y/o no presentaciones.
El Reglamento 261/2004 establece que si un transportista aéreo prevé esta circunstancia tendrá que pedir, primeramente, si existen voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinados beneficios (los que acuerden). Si no hay suficientes voluntarios, podrá denegar el embarque a pasajeros en contra de su voluntad.
Los afectados por "overbooking" tendrán derecho a:
Compensación económica de 250 euros (vuelos hasta 1500 Km.), 400 (vuelos intracomunitarios de más de 1500 Km. y los demás entre 1500 y 3500 Km.) o 600 euros (el resto). Los kilómetros se cuentan hasta el último destino.
Devolución del precio del billete correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas si el vuelo no tiene razón de ser en relación con el plan inicial de viaje del pasajero y, en su caso, vuelo de vuelta al punto de partida lo más rápido posible.
Conducción al destino final en condiciones de transporte comparables lo más rápidamente posible o, en su caso, en fecha posterior. Si se establece el vuelo a otro aeropuerto (si una ciudad tiene varias) correrá con los gastos de transporte hasta el aeropuerto primero u otro lugar cercano convenido con el pasajero. En este caso la compensación económica podrá reducirse un 50% si la diferencia horaria con la original es inferior a 2 horas en vuelos de 1500 Km., inferior a 3 horas en vuelos comunitarios de más de 1500 Km. o los otros entre 1500 y 3500 Km. e inferior a 4 horas en el resto de vuelos.
Tener comida y refrescos suficientes durante la espera.
Alojamiento den hotel si hay que pernoctar (incluye el transporte al hotel).
Dos llamadas telefónicas, fax o correo electrónicos

RETRASO
En el caso de un retraso, respecto de la hora prevista de salida, superior a 2 horas en vuelos de hasta 1500 Km., superior a 3 horas en vuelos intracomunitarios de más de 1500 Km. o extracomunitarios entre 1500 y 3500 Km. y superior a 4 horas en el resto de vuelos, los afectados tendrán derecho a:
Tener comida y refrescos suficientes durante la espera.
Dos llamadas telefónicas, fax o correo electrónicos.
Alojamiento en hotel si hay que pernoctar (incluye el transporte al hotel)
Devolución del precio del billete correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas si el vuelo no tiene razón de ser en relación con el plan inicial de viaje del pasajero y, en su caso, vuelo de vuelta al punto de partida lo más rápido posible si el retraso es de más de cinco horas.
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